Estatutos

Estatutos

1 Nombre y domicilio social
1. la asociación lleva el nombre de Dominican Health.
2. está inscrito en el registro de asociaciones y lleva la inscripción e.V..
3 La sede de la asociación es Furtwangen, en la Selva Negra.

2 Ejercicio
1. El año fiscal será el año civil.

3 Propósito de la Asociación
1. la asociación persigue exclusiva y directamente fines Caritativos en el sentido de la sección «fines fiscales privilegiados» del código tributario. (§52 (2) 3 Reglamento de tasas).
2. El propósito de la asociación es apoyar la atención primaria de la salud de la población de la República Dominicana.
3. La realización de este propósito se realiza mediante el apoyo a proyectos de ayuda y trabajo voluntario en la República Dominicana.

4 Actividad desinteresada
1. la asociación es activa de manera desinteresada, no persigue principalmente sus propios fines económicos.

5 Miembros
1. Podrá ser miembro de la asociación cualquier persona física o jurídica que esté dispuesta a promover el objeto de la asociación y que se comprometa a pagar la contribución mínima decidida por la asamblea general o una contribución superior determinada por él mismo. La declaración de compromiso se hará por escrito a la Junta Ejecutiva. La junta ejecutiva decide sobre la admisión del miembro.
2 Contra el rechazo, que no requiere razón, el candidato tiene un recurso de apelación a la junta general, que toma la decisión final.
3 La dimisión de un miembro tiene lugar de acuerdo con el § 6.

6 Terminación de la afiliación
1. La calidad de miembro termina con la renuncia, exclusión, muerte o disolución de la entidad legal.
2. La renuncia se realiza mediante una declaración por escrito a un miembro autorizado de la junta directiva. La notificación escrita de la dimisión deberá presentarse al Comité Ejecutivo con un mes de antelación al final del ejercicio del año financiero.
3. Una exclusión sólo puede tener lugar por razones importantes. Las razones importantes son, en particular, la conducta perjudicial para los objetivos de la asociación, el incumplimiento de las obligaciones estatutarias o los atrasos en el pago de las contribuciones de al menos un año. El comité ejecutivo decide sobre la exclusión. En contra de la exclusión, el miembro tiene derecho a apelar a la asamblea general, la cual debe ser dirigida por escrito en el plazo de un mes a la comisión ejecutiva. La asamblea general toma la decisión final en el marco de la asociación. El miembro se reserva el derecho de revisar la medida recurriendo a los tribunales ordinarios. La apelación ante un tribunal ordinario tiene un efecto suspensivo hasta que la decisión del tribunal sea definitiva.

7 Fondos, cuotas de membresía, asignación y responsabilidad
1. La asociación adquiere los medios necesarios para el logro de sus fines a través de cuotas de afiliación
Otros ingresos y subvenciones para proyectos (donaciones)
2. El origen de los fondos se comunicará a los miembros.
3. Las cuotas anuales se cobran a los miembros. La cuantía y la fecha de vencimiento serán determinadas por la Junta General sobre la base de una propuesta del Consejo Ejecutivo.
4. En caso de urgencia, la asamblea general podrá decidir sobre las tarifas fijas impuesto- un máximo de una cuota de socio al año.
5 En caso de dificultades excepcionales, el Consejo Ejecutivo podrá renunciar a las contribuciones, gravámenes y tasas.
6 Los miembros honorarios están exentos de la obligación de pagar cotizaciones y gravámenes.
7. Para las transacciones legales, que la junta hace para el club, solo la asociación, y no el miembro individual de la asociación, es responsable de los actos jurídicos realizados por el comité ejecutivo en nombre de la asociación.
8. para los servicios de la asociación, las cuotas se fijan en la reunión de la asociación a propuesta del comité ejecutivo.

8 Órganos
1. son órganos de la asociación:

la junta general
el Consejo de Administración

9 Consejo de Administración
1. La junta directiva de la asociación está compuesta por el primer presidente, el segundo presidente, el tesorero y el secretario y un máximo de tres asesores.
2. La comisión ejecutiva en el sentido del art. 26 del BGB está compuesta por el primer presidente y el segundo presidente. Cada uno de ellos representa a la asociación judicial y extrajudicialmente. Dos miembros del Comité Ejecutivo representan a la empresa conjuntamente.
3. el comité ejecutivo es elegido por la asamblea general por un período de un año; sin embargo, permanece en el cargo hasta que tenga lugar una nueva elección.
4. sólo los miembros de la junta directiva pueden ser miembros de la asociación.
5. se permite la reelección.
6. al terminar la membresía en la asociación, el cargo de comité ejecutivo también termina.

10 Dimisión del Consejo Ejecutivo
1. En caso de dimisión prematura de un miembro del Comité Ejecutivo (excepto en el caso de los cargos de los Presidentes primero y segundo), el Comité Ejecutivo podrá cubrir un puesto temporal hasta la siguiente Junta General. La confirmación o destitución y la reelección serán efectuadas por la junta general. Los documentos de la asociación en posesión del miembro retirado de la junta directiva, así como el resto de los bienes de la asociación, deben ser entregados inmediatamente al primer presidente (representante).
2. Si los Presidentes primero y segundo dejan el cargo al mismo tiempo, los miembros restantes de la Junta Ejecutiva serán responsables de convocar una reunión extraordinaria con el propósito de celebrar nuevas elecciones.
3. Si sólo el primer o el segundo presidente dimitiera de su cargo, el presidente restante asumirá temporalmente su cargo hasta la siguiente junta general ordinaria.
4. En caso de dimisión de la Junta Directiva en su totalidad, se solicitará al tribunal local competente el nombramiento de una Junta Directiva de urgencia.

11 Asamblea General
1. La asamblea general está formada por todos los miembros de la asociación.
2. La asamblea general ordinaria se celebrará una vez al año. Además, debe convocarse una asamblea general si los intereses de la asociación así lo requieren o si al menos 1/10 de los miembros lo solicitan por escrito, indicando el propósito y las razones.
3. Cada asamblea general deberá ser convocada por escrito por el comité ejecutivo, con un período de invitación de al menos dos semanas y con indicación del orden del día.
4. Toda asamblea general debidamente convocada tiene quórum, independientemente del número de miembros presentes.
5. Los acuerdos de la Asamblea General se adoptan por mayoría simple de los votos válidos emitidos. Sin embargo, se requiere la mayoría de los votos válidos emitidos en ¾ para modificar los estatutos y la finalidad de la asociación.
6. Los acuerdos de la asamblea general se registrarán en actas, que deberán ser firmadas por el primer presidente y el secretario.
7. La junta general será responsable en particular:

a) La elección del comité ejecutivo,
b) la recepción de un informe anual sobre la gestión,
c) la aprobación de la gestión del Consejo Ejecutivo,
d) la determinación de los gastos para los miembros del Consejo de Administración,
e) la fijación de la contribución mínima,
f) adoptar acuerdos sobre modificaciones estatutarias,
g) la resolución sobre una posible disolución de la asociación y
h) la elección de dos auditores de caja

12 Auditoría de caja
1. la asamblea general elige un auditor por un período de un año.
2. No podrá ser miembro del Consejo Ejecutivo.
3. se permite la reelección.

13 Consignación de fondos
1. los medios de la asociación pueden ser usados solamente para los propósitos estatutarios.
2. Los miembros no reciben ninguna contribución de los fondos de la asociación. En el caso de otras actividades en nombre de la asociación, podrán pagarse dietas de viaje adecuadas para el trabajo voluntario o la remuneración, de conformidad con una resolución de la Junta Directiva.
3. Ninguna persona puede ser favorecida por gastos ajenos a la finalidad de la asociación o por remuneraciones desproporcionadamente altas.
4 Los miembros no tienen derecho a reclamar los activos de la asociación en caso de dimisión, disolución o cancelacion de la asociación.

14 Consejo de Miembros Fundadores
1. El consejo de los miembros fundadores (ver c. el consejo) está formado por los siete miembros fundadores de la asociación o sus sucesores, que también deben ser miembros de la asociación.
2. El Consejo podrá ser prorrogado. A tal fin, debe alcanzarse una decisión unánime del Consejo y el nombramiento de un «miembro de la ampliación» también debe ser unánime.
3. Cualquier miembro del Consejo podrá convocar al Consejo mediante notificación escrita motivada con dos semanas de antelación. La convocatoria no se aplicará si se opone la mayoría de los miembros fundadores.
4. El Consejo decidirá por mayoría simple de los presentes si están presentes al menos cinco miembros fundadores; se procederá a una votación abierta en el Consejo.
5. Cada miembro fundador tendrá los siguientes derechos especiales:

a) Propuesta al Consejo para la convocatoria de una junta general.
b) la propuesta de un sucesor que deberá confirmar el Consejo. El sucesor asume el cargo después de la terminación de la membresía de la asociación del miembro fundador o después de su renuncia a la membresía en el consejo. Si el miembro fundador no ha nombrado a un sucesor o si el Consejo no ha confirmado al candidato propuesto, el Consejo designará a un sucesor.

6. El Consejo tiene derecho de veto contra las decisiones de la Asamblea General. El derecho de veto debe ejercerse en el plazo de dos semanas a partir del envío del acta de la junta general. El plazo se cumple con la solicitud de convocatoria del Consejo, que se comunica a la Junta Ejecutiva.
7. El Consejo explicará su veto en una Asamblea General que se convocará inmediatamente; el veto sólo podrá levantarse en la Asamblea General por mayoría de dos tercios.
8. El Consejo tiene el derecho de determinar la orientación básica de las actividades de la Asociación; este derecho incluye el derecho de declarar actividades individuales, tipos de tratamiento, doctrinas incompatibles con la orientación básica de las actividades de la Asociación; estas actividades no están permitidas dentro del marco de la Asociación.

15 Disolución
1. la asociación se disuelve, si por lo menos 4/5 de los miembros están presentes en una reunión convocada para este fin y deciden la disolución con ¾ de los votos emitidos.
2. Si la asamblea general no tiene quórum, luego de 1 mes se podrá convocar una nueva asamblea general, en la que la decisión de disolver la asociación se tomará sin tener en cuenta el número de votantes por ¾ de los votos presentes. Esta disposición debe ser mencionada en la segunda carga.
3. En caso de disolución de la asociación, privación de la capacidad legal o pérdida de fines fiscales, los activos de la asociación serán transferidos a Medico International para su uso en la atención primaria de salud en América Latina.

Furtwangen, el 24.01.2018
El Consejo de Administración

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